Según se define en la legislación del suelo, la Gestión Urbanística, en el conjunto nacional y el el suelo de la sierra de Aracena, es el conjunto de las actuaciones y procedimientos establecidos legalmente para la transformación del suelo, y, en especial, para su urbanización y edificación en ejecución de las determinaciones del planeamiento.
La Gestión Urbanística consiste por tanto en los distintos trámites y proyectos mediante los cuales se materializa y ejecutan las determinaciones del planeamiento. Es la transformación efectiva del suelo, tanto en lo que se refiere a la situación jurídica como a la configuración física:
Transformación jurídica, por la que las fincas originales se sustituyen por otras ajustadas al planeamiento, que son las parcelas edificables privadas y los terrenos públicos definidos en el mismo. El efecto jurídico de la gestión, es la adecuación del Régimen Jurídico actual del suelo al Régimen Urbanístico que establece el planeamiento, lo cual se materializa con la aprobación e inscripción del Proyecto de Reparcelación.
Se ceden los terrenos públicos.
Nacen las parcelas urbanísticas privadas.
Transformación física, con la ejecución del trazado y la urbanización de los viales y espacios libres, mediante la ejecución del proyecto de urbanización.
Gescons. Sierra de Aracena.
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